Accesos a auditorio

Acceso al auditorio

Las rutas de acceso del público al auditorio deben ser fácilmente identificables y libres de interferencias con otras circulaciones, o con mobiliario. Los itinerarios deben ser placenteros y recrearse en el proceso de asistir al espectáculo.
Si los espacios públicos sirven a más de una sala, las múltiples circulaciones deben ser indicadas claramente.

El ancho mínimo de las rutas de circulación debe calcularse para el momento de máximo uso, que corresponde con el momento de salida del espectáculo.
Generalmente se requerirán también circulaciones verticales, mediante escaleras, o bien ascensores y rampas para los itinerarios adaptados.

Fuente: APPLETON, Ian.  Building for the performing arts.  Oxford [etc.] : Butterworth Architecture, 1996.


El mínimo número de salidas del auditorio vendrá determinado por las normativas de evacuación.
Debe buscarse un número adecuado de accesos, ya que un número elevado dificulta el control y puede desorientar al público, pero facilita las circulaciones. No es recomendable que conduzcan directamente al exterior, para permitir a los espectadores disfrutar de los salones de descanso y otros servicios del edificio. Las vías de evacuación en caso de incendio deben mantenerse separadas entre ellas, pero el funcionamiento del edificio mejora si pueden conectarse de alguna manera con los salones de descanso.

Fuente: HAM, Roderick.  Theaters. Planning guidance for design and adaptation.  London [etc.] : Butterworth Architecture, 1987.


Control de entrada del público

1. La taquilla debe estar ubicada de manera que no cree un obstáculo para la salida del público en caso de emergencia.
2. Cualquier barrera destinada a facilitar el control del público debe poder ser movida sin ser arrastrada por empuje hacia el exterior, sin reducir el ancho de los pasos hacia las salidas.
3. Son preferibles las barreras elaboradas mediante cuerdas conectadas por medio de ganchos que con enlaces automáticos que se desenganchan fácilmente con la presión del público.
4. Las barreras deben ser retiradas tan pronto cese la necesidad de su uso, y en cualquier caso antes del final de la represeentación.

Fuente: Circolare Ministero dell’Interno 15/2/1951 n. 16:  Norme di sicurezza per la costruzione, l’esercizio e la vigilanza dei teatri, cinematografi ed altri locali di pubblico spettacolo.